jueves, 26 de julio de 2012

¿Qué pueden hacer los ciudadanos para contribuir con la transparencia de las elecciones del 07-O?

Especial de ElUniversal sobre el Fraude Electoral

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  • Asegurar la transparencia del proceso no es una tarea meramente técnica. Los técnicos pueden tomar las previsiones durante las auditorías de la plataforma electoral para evitar o minimizar un potencial fraude pero nunca pueden garantizarlo 100%. Por esta razón, se ha invertido mucho esfuerzo en lograr que la operación del sistema electoral el día de las elecciones, se haga respetando los procedimientos que se especifican claramente en el Reglamento Electoral y que contribuyen de manera decisiva a agregar transparencia a los resultados electorales y a impedir que pueda cometerse un fraude, sí las condiciones técnicas llegan a ser cambiadas después de las auditorías. Los procedimientos de operación del sistema electoral por los ciudadanos, miembros de mesa o testigos, pueden verse en su conjunto bajo el concepto de La Traza de Papel.

    La Traza de Papel puede ser verificada por los electores, miembros de mesa y testigos de la siguiente manera:

    a) El propio elector verifica que el voto impreso corresponde a la selección de su voluntad y lo introduce en la urna electoral.

    b) Inmediatamente después del cierre de la mesa, se imprime el acta con los resultados del escrutinio de los votos en la máquina de votación. Después de impresa el acta se procede con la transmisión de resultados en dicha acta a la sede central del CNE.

    b) El Reglamento Electoral, Título II, De Las Auditorías, Capítulo I De La Verificación Ciudadana, establece cómo se harán las auditorías de cierre por los miembros de mesa y testigos en presencia de los electores. Después que se haya, primero impreso, y luego transmitido las actas de todas las mesas del Centro de Votación, los Presidentes de Mesa elegirán al azar las urnas a auditar. Esta auditoría servirá para verificar que la suma de votos impresos, depositados por los electores en la urna, es idéntica a los resultados reportados para todos los candidatos en el acta impresa.

    c) El CNE recibe y totaliza todas las actas y, posteriormente, se publica en la página web del CNE los resultados totales Nacionales, Estadales, Municipales, Circuitales, Parroquiales y acta por acta de todas las mesas. Cualquier ciudadano tiene el derecho y deber de verificar que los resultados impresos en el acta sean idénticos a lo publicado por el CNE.

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